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Visa Nómada Digital · Medios económicos

Ingresos mínimos para Nómada Digital en España

Los medios económicos son una parte esencial del expediente. No basta con superar una cifra: los ingresos deben poder acreditarse documentalmente y ser coherentes con la relación laboral o profesional que fundamenta la solicitud.

✓
200% del SMI Referencia para el titular
+
75% adicional Para el segundo miembro
+
25% adicional Por cada miembro adicional
€
Importes brutos Antes de retenciones
Medios económicos

No se trata únicamente de alcanzar una cifra

Los ingresos deben analizarse junto con la situación laboral o profesional, la documentación aportada, los familiares incluidos y la forma en que se reciben esos ingresos. Utilizar cantidades antiguas publicadas en foros o artículos puede conducir a preparar incorrectamente el expediente.

€

Importe vigente

El cálculo se realiza tomando como referencia el salario mínimo interprofesional vigente. Si cambia el SMI, cambian también las cantidades económicas exigibles.

DOC

Acreditación documental

Los ingresos declarados deben poder verificarse mediante documentación laboral, profesional y bancaria consistente con el expediente presentado.

FAM

Familiares

Si la solicitud incluye cónyuge, pareja, hijos u otros familiares admitidos, la cuantía exigida aumenta según la composición real de la unidad familiar.

✓

Coherencia del expediente

Contrato, facturas, nóminas, movimientos bancarios y actividad declarada deberían contar una misma historia económica y profesional.

Cálculo 2026

¿Cuánto debe ganar un nómada digital?

Para 2026, el SMI se ha fijado en 1.221 € mensuales. La UGE utiliza porcentajes de ese SMI para calcular los medios económicos del titular y de los familiares.

Titular de la solicitud

200%
del salario mínimo interprofesional vigente

Con un SMI mensual de 1.221 €, la referencia equivalente al 200% es de 2.442 € mensuales brutos.

Segundo miembro de la unidad familiar Se añade una cantidad equivalente al 75% del SMI vigente. Con el SMI 2026, la referencia es 915,75 € mensuales.
Cada miembro adicional Se añade un 25% del SMI por cada familiar adicional. Con el SMI 2026, la referencia es 305,25 € mensuales por persona.
Importes brutos La UGE especifica que las cantidades requeridas se consideran antes de impuestos, Seguridad Social u otras retenciones.
Importante:estas cantidades dependen del SMI vigente y pueden cambiar en ejercicios posteriores. Antes de presentar una solicitud conviene comprobar nuevamente la referencia oficial.
Documentación

¿Cómo se acreditan los ingresos?

La suficiencia económica debe poder comprobarse mediante documentación. La UGE contempla documentación diferente según se trate de una relación laboral o profesional.

1
Nóminas o facturas

La UGE contempla nóminas o facturas de los tres meses anteriores a la solicitud para acreditar las rentas derivadas de la relación laboral o profesional.

2
Certificado bancario

Puede utilizarse un certificado bancario a nombre del solicitante que refleje la percepción de las rentas y sea consistente con las nóminas o facturas.

3
Contrato laboral o profesional

Los ingresos deberían guardar correspondencia con el contrato y con la relación jurídica que sirve de base al expediente.

4
Coherencia entre documentos

Fechas, cantidades, pagadores, conceptos y periodicidad de los ingresos deben poder explicarse conjuntamente sin contradicciones relevantes.

Fuentes oficiales

Normativa y referencias

El régimen de los teletrabajadores de carácter internacional se encuentra regulado en la Ley 14/2013. La documentación y los criterios operativos deben comprobarse además con la información publicada por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

Este contenido forma parte de nomadadigitalenespana.com, una web especializada exclusivamente en la Visa Nómada Digital, la autorización de teletrabajo internacional y los trámites relacionados para vivir y trabajar en remoto desde España.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre los ingresos mínimos

¿Cuánto debe ganar un nómada digital en España?
La referencia para el titular es el 200% del SMI vigente. En 2026, con un SMI mensual de 1.221 €, esa referencia equivale a 2.442 € mensuales brutos.
¿Aumenta el importe si solicito con mi familia?
Sí. Para una unidad familiar de dos personas se añade al menos el 75% del SMI y, por cada miembro adicional, un 25% del SMI.
¿Los ingresos se calculan en bruto o en neto?
La información de la UGE indica que las cantidades requeridas son brutas, antes de retenciones como impuestos o Seguridad Social.
¿Es suficiente enseñar dinero en una cuenta bancaria?
La valoración no debería reducirse únicamente al saldo disponible. Los ingresos y la documentación bancaria deben ser coherentes con la relación laboral o profesional utilizada para fundamentar la solicitud.
¿Qué documentos pueden acreditar mis ingresos?
Entre la documentación contemplada por la UGE se encuentran nóminas o facturas de los tres meses anteriores y certificado bancario que refleje las rentas vinculadas al contrato laboral o profesional.
¿Pueden cambiar las cantidades exigidas?
Sí. Al calcularse sobre el SMI vigente, una modificación del salario mínimo puede alterar las cantidades económicas de referencia.
Asistencia jurídica

Habla directamente con el abogado Lino García

Si quieres comprobar si tus ingresos, contrato, facturación y documentación bancaria son adecuados para una solicitud de teletrabajo de carácter internacional, puedes solicitar una revisión previa del caso.

Abogado Lino García Noriega
Ubicación Madrid, España
Atención Lunes a viernes · Previa cita
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